miércoles, diciembre 05, 2007

Guerra contra el p2p...

No ha tardado en llegar o que era una eterna espera evidente... Una lucha legítima por el derecho de autor, pero una medida sólo parcial de lo que es un resultado evidente del abuso en los precios por la Industria afectada.

 Piratería (derecho de autor)
La piratería es un término popularmente referido a la copia de obras literarias, musicales, audiovisuales o de software efectuada sin respetar los correspondientes derechos de autor de las mismas, es decir, sin el consentimiento del autor o sin obtener una licencia de uso. La expresión correcta para referirse a estas situaciones sería copia ilegal o copia no autorizada y, en términos más generales, infracción al derecho de autor.

El término "piratería" se aplica también a la venta ilícita de dicho material, de forma que se vulnere la propiedad intelectual del autor. Estos actos se comenzaron a denominar piratería como metáfora del robo de la propiedad del otro, acto que realiza un pirata en el mar. La forma en que debe tratar la ley la realización de estas copias no autorizadas es un tema que genera polémica en muchos países del mundo.

Consecuencias

En relación a la industria musical, para la mayoría de músicos su verdadera fuente de ingresos está en la actuación en vivo, no en la venta de discos (más información aquí). Por tanto, para algunos, la disponibilidad del material de los músicos favorece la afluencia de público a sus conciertos. Uno de los medios que favorece esa disponibilidad del material hoy en día es el uso de software P2P que permite a sus usuarios compartir ficheros a través de Internet, si bien muchos esperan que los músicos comiencen a abandonar el concepto de disco grabado para ofrecer su material de formas alternativas (como, por ejemplo, descargas a través de FTP o similares), pudiendo fijar precios por pieza/canción o grupo de piezas mucho más bajos que los actuales precios de CDs.

Sin embargo, otros no están de acuerdo con este punto de vista y aluden a la pérdida de puestos de trabajos que se producirá en la industria del sector debido a esta actividad. Además defienden el derecho legítimo de los autores a recibir compensación económica por la utilización de su obra.

Legislación en España

En España actualmente están permitidas las copias no autorizadas, siempre y cuando no se utilicen con ánimo de lucro (salvo en el caso del software, en cuyo caso se ha de ser propietario del software original para poder realizar la copia). Para compensar a los autores por dicho derecho a la copia privada, la ley autoriza a las sociedades gestoras de derechos de autor (SGAE, DAMA, AIE y otras ) a cobrar un canon compensatorio aplicable a los dispositivos reproductores, grabadores, y a todos los soportes como cintas, CDs, DVDs y tarjetas de almacenamiento.
Opinión propia
Sinceramente... se veía venir. No podemos negar que el punto medio debería ser nuestro objetivo, y por una cuantía razonable tener acceso a obra original, sin sufrir el eterno abuso por parte de la industria en la valoración excesiva de sus productos. Tan inútil es el abuso ilegal y gratuito de las obras de otros que viven de ellos, como el abuso del consumidor indefenso y voraz de necesidad cultural. Reubicación de precios por favor, y todos, al menos la mayoría, seguiremos consumiendo productos originales.

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